ENSAYO
ESPECIAL
LAS
TESIS UNIVERSITARIA Y LA INVESTIGACIÓN
UN
PROBLEMA NACIONAL Y ESTRUCTURAL
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DEL CONOCIMIENTO CREATIVO - IDCC
JULIO DURAND LAZO
MAYO, IZCUCHACA PERÚ
PRESENTACIÓN
El presente ensayo constituye un breve y necesario paréntesis
en el desarrollo de la teoría procesal del Conocer, se hace este alto para
cumplir con un deber y una tarea esencial para el Perú, y, otras sociedades
similares. El deber consiste en esclarecer uno de los problemas estructurales
de nuestra sociedad, como es la problemática de las investigaciones científicas
para la realización de las Tesis de graduación, que agobia a los estudiantes, en
el ámbito de la Educación. La causa y explicación del problema no recae en
personas, o en aspectos circunstanciales, sino, sus causas son estructurales,
sistémicos y longitudinales, estas estructuras son de carácter cognoscente,
social y cultural. El ensayo va intentar esclarecer esta problemática. La tarea
es pasar a la acción y orientar en forma objetiva, para superar esta
problemática, no planteando una nueva Ley Universitaria, sino, desde las bases
de la sociedad, lo que se denomina la sociedad civil.
El Instituto Para El Desarrollo Del Conocimiento
Creativo, IDCC, a partir de la determinación de esta problemática, entre sus
objetivos, plantea cooperar con la superación del problema. El problema da
lugar a un mercado informal de las tesis, como de instituciones de asesorías,
con planteamientos atractivos, expresados en anuncios ofreciendo maravillosas
fórmulas, inéditas, nunca estudiadas, capaces de hacer realidad las
investigaciones destinadas a las Tesis. El camino de la ciencia es arduo,
zigzagueante, que requiere de disciplina, y, niveles de conocimientos
metodológicos necesarios, para orientar su camino. No se puede llenar un vacío
histórico, estructural, con fórmulas mágicas, de ahí, la necesidad de asumir el
problema en su real dimensión, en forma institucional, como lo plantea el IDCC.
Julio
Durand Lazo
IZCUCHACA
MAYO DE 2017.
I
LA LEY UNIVERSITARIA Y LA INVESTIGACIÓN
1.1. La Investigación en la Ley
Universitaria en el Perú
La nueva Ley Universitaria del Perú, No
30220, dada el 3 julio del 2014, define la Universidad, en el artículo 3, como una comunidad académica orientada a la investigación
y a la docencia,..…
La ley entre sus Principios, Artículo 5, señala, 5.1 Búsqueda y difusión de la verdad. 5.5
Espíritu crítico y de investigación. 5.15 Pertinencia de la enseñanza e
investigación con la realidad social.
Entre los Fines, la Ley, en su artículo 6,
señala. 6.5 Realizar y promover la
investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y
artística.
En las funciones de la Universidad, la ley en el artículo
7, determina, 7.2 Investigación.
En relación a la creación y licenciamiento
de Universidades, la ley señala en el artículo 28, entre las condiciones. 28.4 Líneas de investigación a ser desarrolladas.
En el artículo 45, en relación a los
requisitos para los grados y títulos, la ley, determina, 45.1 Grado de Bachiller: requiere…la aprobación de un trabajo de
investigación... 45.2 Título Profesional:… la aprobación de una tesis o trabajo
de suficiencia profesional…. 45.3 Título de Segunda Especialidad Profesional:
requiere… la aprobación de una tesis o un trabajo académico…. 45.4 Grado de
Maestro: requiere… la elaboración de una tesis o trabajo de investigación en la
especialidad respectiva,…. 45.5 Grado de Doctor:… de una tesis de máxima
rigurosidad académica y de carácter original.
La
ley consigna el capítulo IV, destinado especialmente a la investigación, en el
artículo 48, señala, La investigación
constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta
y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo
de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad
nacional...
Sobre el financiamiento de la investigación, en el
artículo 49, la ley establece, Las
universidades acceden a fondos de investigación de acuerdo con la evaluación de
su desempeño y la presentación de proyectos de investigación en materia de
gestión, ciencia y tecnología, entre otros, ante las autoridades u organismos
correspondientes, a fi n de fomentar la excelencia académica.
Sobre el órgano de la Investigación, la ley en el
artículo 50, señala, El Vicerrectorado de
Investigación, según sea el caso, es el organismo de más alto nivel en la
universidad en el ámbito de la investigación. .
El artículo 52, establece la Coordinación con las
entidades públicas y privadas, señalando
Las universidades coordinan permanentemente con los sectores público y privado,
para la atención de la investigación que contribuya a resolver los problemas
del país…
Sobre los derechos de autor y patentes, ley en el
artículo 53, señala, Las publicaciones
que hayan sido producto de investigaciones financiadas por la universidad
reconocen la autoría de las mismas a sus realizadores. En cuanto al contenido
patrimonial, la universidad suscribe un convenio con el autor para el reparto
de las utilidades en función de los aportes entregados. En los demás aspectos
vinculados a esta materia, se aplica la legislación vigente sobre derechos de
autor…
Entre las atribuciones del Consejo
Universitario, el artículo 59, señala en relación a la investigación, 59.13 Celebrar convenios con universidades
extranjeras, organismos gubernamentales, internacionales u otros sobre
investigación científica y tecnológica...
Sobre el vicerrector de Investigación, el artículo 65, 65.2
señala. 65.2.1 Dirigir y ejecutar la política general de investigación en la
universidad. 65.2.2 Supervisar las actividades de investigación con la
finalidad de garantizar la calidad de las mismas y su concordancia con la
misión y metas establecidas por el Estatuto de la universidad. 65.2.3 Organizar
la difusión del conocimiento y los resultados de las investigaciones. 65.2.4
Gestionar el financiamiento de la investigación ante las entidades y organismos
públicos o privados. 65.2.5 Promover la generación de recursos para la
universidad a través de la producción de bienes y prestación de servicios
derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como mediante
la obtención de regalías por patentes u otros derechos de propiedad
intelectual.
En el artículo 70, sobre las atribuciones
del Decano, se señala, 70.5 Designar a
los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las
Unidades de Posgrado.
En relación a las funciones del docente, el
artículo 79, señala, Los docentes
universitarios tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo
y permanente de la enseñanza…
En cuanto a los requisitos para la docencia,
la ley en el artículo 82, establece, 82.1
El grado de Maestro para la formación en el nivel de pregrado. 82.2 El grado de
Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización. 82.3 El grado
de Doctor para la formación a nivel de doctorado.
La ley Universitaria trata sobre el Docente investigador,
en el artículo 86, donde expone, El docente
investigador es aquel que se dedica a la generación de conocimiento e
innovación, a través de la investigación. Es designado en razón de su
excelencia académica. Su carga lectiva será de un (1) curso por año. Tiene una
bonificación especial del cincuenta por ciento (50%) de sus haberes totales.
Está sujeto al régimen especial que la universidad determine en cada caso. El
Vicerrectorado de Investigación o la autoridad competente evalúa cada dos años,
la producción de los docentes, para su permanencia como investigador; en el
marco de los estándares del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica (SINACYT).
Entre los deberes de los docentes, artículo 87, respecto
a la investigación se determina. 87.3
Generar conocimiento e innovación a través de la investigación rigurosa en el
ámbito que le corresponde, en el caso de los docentes orientados a la
investigación. 87.4 Perfeccionar permanentemente su conocimiento y su capacidad
docente y realizar labor intelectual creativa.
En cuanto a los derechos de
los docentes vinculados a la investigación, el artículo 88, señala. 88.4 Participar en proyectos de
investigación en el sistema de Instituciones Universitarias Públicas según sus
competencias. 88.9 Tener año sabático con fines de investigación o de
preparación de publicaciones por cada siete (7) años de servicios.
Entre los derechos de los estudiantes
relativos a la investigación, en el artículo 100, se expone, 100.1 Recibir una formación académica de
calidad que les otorgue conocimientos generales para el desempeño profesional y
herramientas de investigación. 100.9 Ingresar libremente a las instalaciones
universitarias y a las actividades académicas y de investigación programadas.
100.13 El alumno tiene el derecho de gratuidad para el asesoramiento, la
elaboración y la sustentación de su tesis, para obtener el grado de Bachiller,
por una sola vez.
El ensayo sólo consigna lo que establece la
ley en lo relativo a la investigación, la problemática en torno a las Tesis de investigación.
No es objetivo del ensayo el análisis de cada uno de los otros aspectos de la
ley, no son determinantes en la problemática. Es decir, el problema no es
legal, una nueva ley no va superar el problema de la crisis de la investigación
en la Universidad.
1.2. La ley hace Manifiesto una Realidad
Problemática
La nueva ley de la Universidad se ha
promulgado para regir el funcionamiento y ser marco legal de una población de
153 Universidades.
CUADRO. Población de Universidades en el Perú
UNIVERSIDADES
|
NÚMERO
|
Públicas
|
75
|
Privadas
|
78
|
TOTAL
|
153
|
Fuente. (WIKIPEDIA. 2016).
La ley pone de manifiesto uno de los problemas
estructurales y sistémicos a nivel nacional, como es el de la investigación en
la Universidades e Institutos superiores en el Perú. Es un problema nacional
porque no es de una universidad sino de la totalidad. La ley no crea el
problema sino lo descubre, el problema estaba velado y soslayado porque en la
anterior ley la Investigación era solo declarativa, así, las Universidades han
otorgado grados de bachiller en forma automática, han dado títulos
profesionales con exámenes o cursos de titulación, sin necesidad de
investigaciones, miles y miles de graduados y profesionales la universidad ha
dado sin la realización de una sola investigación.
El problema, de la investigación en la
Universidades del Perú es estructural y sistémico, hay un vacío de órganos, de estructuras,
de procesos, de sistemas, destinadas a la investigación, así, no existen los contenidos
sociales que lo impulsen. La ley señala como órgano de investigación al
Vicerrectorado, pero es sólo declarativo, este llamado órgano carece de las
estructuras y procesos propios de una realidad social dedicada a la
investigación.
Los llamados centros o Institutos de
Investigaciones de las Facultades carecen de estructuras, procesos, funciones y
contenidos inherentes a las actividades de investigación, son sólo oficinas
burocráticas.
Las investigaciones realizadas para optar
los posgrados son pocas, se están generando promociones de egresados de las
maestrías y doctorados de todas las universidades del Perú, que no pueden optar
el grado de maestría y doctor por la falta de realización de las tesis de
investigación.
El problema de las investigaciones en las
Universidades del Perú, no sólo es estructural, sino también es cultural, no se
ha desarrollado una cultura favorable a la investigación, la valoración de su
importancia, no es valor, sólo un requisito de ley. Así, no existe una cultura
de investigadores, no se han generado comunidades científicas de investigadores
que impulsen las investigaciones, los conceptos y el lenguaje inherentes a la
investigación están ausentes.
El problema de las investigaciones en las
universidades en el Perú es, a su vez, su desfase de una sociedad signada por
las revoluciones del conocimiento, donde su productividad es la base de todas
las transformaciones de la sociedad moderna, la universidad ha quedado obsoleta.
Ninguna universidad en el Perú se sostiene por la productividad de sus
conocimientos. El problema es también longitudinal, de siglos, las
Universidades son instituciones de fueros y privilegios, generando rentas por
la sobrevaloración de papeles, rindiendo culto al papel.
La problemática de la Universidad en el
Perú, por ser estructural, cultural e histórica, requiere para su
interpretación del enfoque de la teoría de los procesos del conocimiento, Así,
el ensayo, de un modo todavía general, va ser explicar el problema con la
teoría procesal del conocimiento.
II
LA
TEORÍA PROCESAL DEL CONOCER Y LA CAUSA PROBLEMA DE LAS TESIS Y LA INVESTIGACIÓN
EN LA UNIVERSIDAD
2.1. Los procesos del Conocimiento
Una teoría moderna del conocimiento en general, es vital
para comprender el problema de la investigación en las Universidades. Para el
caso presento la Teoría procesal del Conocer. Esta teoría se comprenderá en
forma analítica en los ensayos que estoy exponiendo, por el momento es
suficiente señalar de modo general la teoría.
La Teoría plantea que los conocimientos
conforman un universo, que se impulsan en procesos de creación y destrucción constante,
un universo donde sus procesos son inherentes sólo a su naturaleza.
Los procesos que impulsa el conocimiento
son, 1) El proceso de producción del conocimiento, que equivale a la
investigación, 2) El Proceso de Fijación y conservación del Conocimiento, 3) El
proceso de Reproducción o renovación del Conocimiento, 4) El proceso de
transmisión o circulación del conocimiento, que equivales a su enseñanza, 5) El
proceso de aplicación del Conocimiento, en función de las necesidades y
objetivos prácticos, que en el ámbito de la ciencia corresponde a las
tecnologías.
Estos procesos conforman un sistema, los
procesos tienden a interrelacionarse, de tal modo que un proceso sirve de base
a los otros y viceversa, así, conforman el universo de los conocimientos. El
proceso de producción del conocimiento es la base y origen de todos los demás,
sin producción no hay conservación, ni reproducción, transmisión ni aplicación.
CUADRO. Procesos del Conocimiento.
NÚMERO
|
PROCESO DE LOS CONOCIMIENTOS
|
1
|
Proceso
de Producción del Conocimiento PPC
|
2
|
Proceso
de Conservación del Conocimiento PCC
|
3
|
Proceso
de Reproducción del Conocimiento PRC
|
4
|
Proceso
de Transmisión del Conocimiento PTC
|
5
|
Proceso
de Aplicación del Conocimiento. PAC
|
Fuente.
Elaboración Propia. .
2.2. El Conocimiento y Los procesos del
Conocimiento en la Universidad.
La Universidad, las universidades, tienen
la particularidad de tener a los conocimientos como su fundamento y su
contenido, son los conocimientos el elemento clasificador de todos sus
componentes. Los docentes, estudiantes, autoridades, se determinan y clasifican
por el carácter del conocimiento que desarrollan, no hay otro modo de diferenciarlos
e identificarlos a los componentes. Los conocimientos también son la base de
las estructuras y el contenido de los procesos que desarrolla la Universidad.
Lo permanente son los conocimientos, los estudiantes pasan y cada año son
nuevos, también los docentes de un modo más lento, pero, los conocimientos
permanecen.
Los procesos del conocimiento se están
dando en las Universidades en general, de producción, de fijación, de
reproducción, de circulación, de aplicación, siendo el nivel de los procesos científicos
como su principal ámbito. Sobre esta base procesal del conocimiento es
necesario abordar la problemática de las Tesis o de la investigación en las
Universidades del Perú.
2.3. El dominio del Proceso de
Transmisión del Conocimiento
El problema de las Tesis y de las investigaciones en las
Universidades en el Perú, se esclarece de forma sencilla, con la teoría
procesal del conocimiento, sin necesidad de mayores complicaciones, o
desarrollos críticos. En las Universidades del Perú, dominan los procesos de
transmisión del Conocimiento, casi en su totalidad, es decir, predomina los
procesos de la circulación social de los conocimientos. En cierto modo, los
conocimientos científicos y tecnológicos producidos y fijados fuera de las
Universidades del Perú, son transmitidos en sus procesos de enseñanza y
aprendizaje. Así, tenemos Universidades caracterizadas por ser solo consumidores
y no productores del conocimiento.
Los procesos de transmisión de conocimientos
dominan, predominan, abarcando la casi totalidad de sus estructuras y procesos,
en las universidades del Perú. Por el contrario, los procesos de producción del
conocimiento, en relación a la transmisión del conocimiento, casi no existen,
por ello, las universidades en el Perú, carecen de estructuras y procesos continuos,
propios de la producción de los conocimientos.
Se debe observar que las estructuras y
procesos de la transmisión y de la producción del conocimiento, son en esencia
diferentes, sus etapas no coinciden, una cosa son las estructuras y sus
funciones para producir conocimiento y otra muy diferente las estructuras y sus
funciones para hacer circular lo ya producido. Las estructuras para producir el
conocimiento tienen funciones y órganos, especialmente destinadas a esta
producción, propias de la investigación, las estructuras para el proceso de
transmitir el conocimiento son especiales para hacer circular los conocimientos
ya existentes. Esto se hace plenamente comprensible con la teoría procesal del
Conocimiento, por ello, las soluciones al problema son estructurales,
funcionales, sistémicas, longitudinales y culturales, y, no deben ser abordados
como problemas de carácter legal o personal.
2.4. El vacío del Proceso de Producción del
Conocimiento como Causa de la Problemática de las Tesis en las Universidades
del Perú.
El vacío o la ausencia de un elemento vital es causa para
la destrucción o muerte de un ser vivo, así, por ejemplo, la carencia del
oxígeno produce la muerte de los seres vivos. En forma similar y guardando las
diferencias del ámbito de los objetos, la ausencia de los elementos de los
procesos de producción del conocimiento en los estudiantes, que culminan sus
estudios, es causa de su destrucción y muerte social, de su imposibilidad de
obtener un título profesional o un grado. La exigencia de una Tesis de
investigación, como un requisito obligatorio, sin haberlos preparado y dotado
de los elementos estructurales y funcionales para desarrollar los procesos de
producción del conocimiento, inherentes a la investigación científica y
tecnológica, equivale a pretender que puedan vivir sin oxígeno, en el nivel
social es a condenarlos a una muerte social.
La teoría procesal del Conocimiento explica
el problema, lo determina en la gran desproporción de los procesos, a tal
grado, que se puede determinar como el vacío, o la ausencia del proceso de
producción del conocimiento en las Universidades del Perú. Por este vacío, el
salto exigido a los estudiantes para pasar de un proceso a otro, de la
transmisión a la producción, es dramático, es lanzar a los estudiantes que
culminan sus estudios, a un agujero negro devorador, que en unos años nos dará
el drama de miles de estudiantes egresados sin poder titularse, por carecer de
los elementos para producir conocimientos, para hacer sus Tesis.
Después de 5 años, promedio, donde los estudiantes
han recibido conocimientos hechos, en procesos de transmisión de los
conocimientos, sin haber participado de los procesos de producción de los
conocimientos, de pronto, lo tienen que producir, como un requisito obligatorio,
realizar una Tesis. Así, la teoría procesal del conocimiento esclarece el
problema, como algo estructural y sistémico. Estructural porque no existen estructuras
para la investigación, e impulsar los procesos de producción del conocimiento.
Sistémico, porque los procesos de producción al no realizarse en la universidad
no pueden interrelacionarse con los procesos de transmisión, es decir, falla el
sistema del conocimiento en la Universidad.
2.5. La Solución del Problema de las
Tesis en las Universidades del Perú
La nueva ley de la Universidad en el Perú, No
30220, se dio como solución a una Universidad mediocre, dominada por la
transmisión del conocimiento, al punto que sus graduados y titulados no
necesitaban realizar investigación alguna. Sin embargo la ley no puede
solucionar el problema de la investigación de las Universidades en el Perú,
sólo pone el problema manifiesto de modo especial. Porque la ley exige la
investigación a quienes tienen que graduarse y titularse, por encanto, no van a
surgir estructuras, funciones, órganos, procesos, de producción de
conocimiento. En este caso la ley regula el vacío, y no da los medios y
recursos para llenarlo. Al desconocerse la diferencia entre los procesos del
conocimiento, los artículos de la ley, destinados a la investigación, son
vagos, manifiestan el desconocimiento de las diferencias entre los procesos del
conocer.
J. C. Mariátegui, el Amauta, en una
metáfora señaló que si las ciudades bíblicas eran condenadas al fuego por no
existir cinco hombres justos, la Universidad de San Marcos, perece por la falta
de un maestro. El maestro al que se refiere Mariátegui, es un líder, motivador,
investigador, capaz de generar el entusiasmo por el conocimiento innovador y
por los descubrimientos científicos que se están dando en la sociedad. Esta
alternativa tampoco está vigente, al punto, que la universidad estaría
condenado a sucumbir porque en Universidades masificadas de hoy, de poblaciones
de miles de estudiantes, un maestro líder sería incapaz de salvar a la
Universidad peruana.
Los estudiantes ante el problema pretenden
su solución con la lucha social de un movimiento reivindicativo, con marchas de
protesta, exigiendo al poder político la solución al problema de la crisis de
la investigación. Tampoco es una solución, no se puede exigir a quienes ignoran
el problema su solución. Los autores que hicieron la ley Universitaria carecían
de los fundamentos cognoscentes para elaborar una ley que pueda superar el
problema de la crisis de la investigación en al universidades. La lucha social
contra un poder que no comprende la naturaleza del problema, para su solución
es un desgate social inútil.
La solución al problema de la
investigación científica, de la producción del conocimiento en la Universidad
en el Perú es de largo plazo, difícil de comprender en un país cortoplacista,
de soluciones coyunturales. Solucionar un problema estructural, sistémico,
funcional, además, longitudinal y cultural, no puede darse en un corto plazo, corresponde
a soluciones estratégicas, de dar solución a un problema nacional, que afecta a
todas las universidades del Perú, con grados más o menos.
Una cultura científica de investigación no
se puede crear con leyes y luchas sociales, requiere generarlo con hechos, con
contenidos, y progresivamente. Las estructuras sociales para la investigación
no se pueden crear en forma automática, sino, requiere crearlas con hechos, con
contenidos, en los mismos procesos de la realización de investigaciones. En
cierto modo, la solución es una tarea estratégica, compromete liderazgos
modernos, innovadores, basados en el conocimiento.
Mientras el proceso de solución a largo
plazo se produce, estimulando el concurso de líderes especialmente
comprometidos con desarrollar el proceso de producción del conocimiento, se da la
necesidad de brindar a los estudiantes que egresan, la oportunidad de encontrar
la solución social a la problemática actual de las Tesis, no de manera informal
e improvisada, sino, en una complementación con una institución cuyas
estructuras sociales estén destinadas a la producción de conocimientos.
La creación del IDCC, como institución
destinada a desarrollar el conocimiento creativo, por tener las estructuras y las
funciones para producir conocimientos, puede contribuir a la solución del
problema de la realización de las Tesis de investigación de los estudiantes
universitarios. Así, mientras la solución estratégica de largo plazo, surja al
interior de las Universidades, el IDCC, puede en forma institucional,
contribuir con el asesoramiento eficaz a los estudiantes, para concretar sus
investigaciones y así graduarse y titularse comprendiendo y participando de los
procesos de producción del conocimiento.
III
CONCLUSIONES
3.1. La primera conclusión: no es suprimiendo el requisito
de las investigaciones, de las Tesis, para optar los grados y títulos, como se
debe solucionar el problema, eso equivale a volver al pasado de las
Universidades mediocres. El desafío es hacer que las investigaciones sean parte
esencial de la formación de los estudiantes de las Universidades, que no sea
solo un requisito al final de su formación sino una actividad esencial desde el
inicio de su formación.
3.2. La
segunda conclusión: La única forma de crear estructuras sociales para la
investigación es desarrollando proyectos de investigación en forma permanente,
es la realización de estos proyectos, por la necesidad del proceso, surgirán
las estructuras adecuadas para la investigación. En estos procesos surgirá una
cultura de valoración, de valores, principios, favorables a la investigación.
Esta creación es de largo plazo pero su comienzo debe darse ahora.
3.3. La tercera Conclusión: La necesidad de un
cambio de paradigma respecto a la Universidad, de ser una institución de
privilegios, sobrevalorar papeles, debe transitar a ser una institución que
impulse la productividad del conocimiento, sus principales rentas deben
provenir de la producción del conocimiento.
REFERENCIAS:
SUNEDU.
(2014). Ley Universitario LEY Nº 30220. Mayo 29, 2017, de El Peruano, Diario
Oficial, Normas Legales Sitio web:
https://www.sunedu.gob.pe/wp-content/uploads/2017/04/Ley-universitaria-30220.pdf
3. UNIVERSIA. (2015). Universidades
en el Perú. Junio 30, 2016, de ORIENTACIÓN UNIVERSIA Sitio web:
https://orientacion.universia.edu.pe/universidades.html
4. WIKIPEDIA. (2016). Anexo:
Universidades en el Perú. Junio 30, 2016, de WIKIPEDIA - La Enciclopedia
Libre Sitio web: https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Universidades_del_Peru
Mariátegui,
J. (2003). TEMAS DE EDUCACIÓN. PERÚ: Empresa Editora Amauta.
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