martes, 30 de mayo de 2017

LAS TESIS UNIVERSITARIAS Y LA INVESTIGACIÓN UN PROBLEMA NACIONAL Y ESTRUCTURAL

ENSAYO ESPECIAL
LAS TESIS UNIVERSITARIA Y LA INVESTIGACIÓN
UN PROBLEMA NACIONAL Y ESTRUCTURAL

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DEL CONOCIMIENTO CREATIVO - IDCC


JULIO DURAND LAZO
MAYO, IZCUCHACA PERÚ



PRESENTACIÓN

     El presente ensayo constituye un breve y necesario paréntesis en el desarrollo de la teoría procesal del Conocer, se hace este alto para cumplir con un deber y una tarea esencial para el Perú, y, otras sociedades similares. El deber consiste en esclarecer uno de los problemas estructurales de nuestra sociedad, como es la problemática de las investigaciones científicas para la realización de las Tesis de graduación, que agobia a los estudiantes, en el ámbito de la Educación. La causa y explicación del problema no recae en personas, o en aspectos circunstanciales, sino, sus causas son estructurales, sistémicos y longitudinales, estas estructuras son de carácter cognoscente, social y cultural. El ensayo va intentar esclarecer esta problemática. La tarea es pasar a la acción y orientar en forma objetiva, para superar esta problemática, no planteando una nueva Ley Universitaria, sino, desde las bases de la sociedad, lo que se denomina la sociedad civil.
    El Instituto Para El Desarrollo Del Conocimiento Creativo, IDCC, a partir de la determinación de esta problemática, entre sus objetivos, plantea cooperar con la superación del problema. El problema da lugar a un mercado informal de las tesis, como de instituciones de asesorías, con planteamientos atractivos, expresados en anuncios ofreciendo maravillosas fórmulas, inéditas, nunca estudiadas, capaces de hacer realidad las investigaciones destinadas a las Tesis. El camino de la ciencia es arduo, zigzagueante, que requiere de disciplina, y, niveles de conocimientos metodológicos necesarios, para orientar su camino. No se puede llenar un vacío histórico, estructural, con fórmulas mágicas, de ahí, la necesidad de asumir el problema en su real dimensión, en forma institucional, como lo plantea el IDCC.
Julio Durand Lazo
IZCUCHACA MAYO DE 2017.


I
LA LEY UNIVERSITARIA Y LA INVESTIGACIÓN

1.1. La Investigación en la Ley Universitaria en el Perú
     La nueva Ley Universitaria del Perú, No 30220, dada el 3 julio del 2014, define la Universidad, en el artículo 3, como una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia,..…
    La ley entre sus Principios, Artículo 5, señala, 5.1 Búsqueda y difusión de la verdad. 5.5 Espíritu crítico y de investigación. 5.15 Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social. 
   Entre los Fines, la Ley, en su artículo 6, señala. 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística
    En las funciones de la Universidad, la ley en el artículo 7, determina, 7.2 Investigación.
    En relación a la creación y licenciamiento de Universidades, la ley señala en el artículo 28, entre las condiciones. 28.4 Líneas de investigación a ser desarrolladas.  
    En el artículo 45, en relación a los requisitos para los grados y títulos, la ley, determina, 45.1 Grado de Bachiller: requiere…la aprobación de un trabajo de investigación... 45.2 Título Profesional:… la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional…. 45.3 Título de Segunda Especialidad Profesional: requiere… la aprobación de una tesis o un trabajo académico…. 45.4 Grado de Maestro: requiere… la elaboración de una tesis o trabajo de investigación en la especialidad respectiva,…. 45.5 Grado de Doctor:… de una tesis de máxima rigurosidad académica y de carácter original.
    La ley consigna el capítulo IV, destinado especialmente a la investigación, en el artículo 48, señala, La investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad nacional...
    Sobre el financiamiento de la investigación, en el artículo 49, la ley establece, Las universidades acceden a fondos de investigación de acuerdo con la evaluación de su desempeño y la presentación de proyectos de investigación en materia de gestión, ciencia y tecnología, entre otros, ante las autoridades u organismos correspondientes, a fi n de fomentar la excelencia académica.
    Sobre el órgano de la Investigación, la ley en el artículo 50, señala, El Vicerrectorado de Investigación, según sea el caso, es el organismo de más alto nivel en la universidad en el ámbito de la investigación. .
    El artículo 52, establece la Coordinación con las entidades públicas y privadas, señalando Las universidades coordinan permanentemente con los sectores público y privado, para la atención de la investigación que contribuya a resolver los problemas del país…
    Sobre los derechos de autor y patentes, ley en el artículo 53, señala, Las publicaciones que hayan sido producto de investigaciones financiadas por la universidad reconocen la autoría de las mismas a sus realizadores. En cuanto al contenido patrimonial, la universidad suscribe un convenio con el autor para el reparto de las utilidades en función de los aportes entregados. En los demás aspectos vinculados a esta materia, se aplica la legislación vigente sobre derechos de autor…
    Entre las atribuciones del Consejo Universitario, el artículo 59, señala en relación a la investigación, 59.13 Celebrar convenios con universidades extranjeras, organismos gubernamentales, internacionales u otros sobre investigación científica y tecnológica...
     Sobre el vicerrector de Investigación, el artículo 65, 65.2 señala. 65.2.1 Dirigir y ejecutar la política general de investigación en la universidad. 65.2.2 Supervisar las actividades de investigación con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas y su concordancia con la misión y metas establecidas por el Estatuto de la universidad. 65.2.3 Organizar la difusión del conocimiento y los resultados de las investigaciones. 65.2.4 Gestionar el financiamiento de la investigación ante las entidades y organismos públicos o privados. 65.2.5 Promover la generación de recursos para la universidad a través de la producción de bienes y prestación de servicios derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como mediante la obtención de regalías por patentes u otros derechos de propiedad intelectual. 
    En el artículo 70, sobre las atribuciones del Decano, se señala, 70.5 Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Posgrado.
   En relación a las funciones del docente, el artículo 79, señala, Los docentes universitarios tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo y permanente de la enseñanza…
   En cuanto a los requisitos para la docencia, la ley en el artículo 82, establece, 82.1 El grado de Maestro para la formación en el nivel de pregrado. 82.2 El grado de Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización. 82.3 El grado de Doctor para la formación a nivel de doctorado.   
    La ley Universitaria trata sobre el Docente investigador, en el artículo 86, donde expone, El docente investigador es aquel que se dedica a la generación de conocimiento e innovación, a través de la investigación. Es designado en razón de su excelencia académica. Su carga lectiva será de un (1) curso por año. Tiene una bonificación especial del cincuenta por ciento (50%) de sus haberes totales. Está sujeto al régimen especial que la universidad determine en cada caso. El Vicerrectorado de Investigación o la autoridad competente evalúa cada dos años, la producción de los docentes, para su permanencia como investigador; en el marco de los estándares del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT).
    Entre los deberes de los docentes, artículo 87, respecto a la investigación se determina. 87.3 Generar conocimiento e innovación a través de la investigación rigurosa en el ámbito que le corresponde, en el caso de los docentes orientados a la investigación. 87.4 Perfeccionar permanentemente su conocimiento y su capacidad docente y realizar labor intelectual creativa. 
    En cuanto a los derechos de los docentes vinculados a la investigación, el artículo 88, señala. 88.4 Participar en proyectos de investigación en el sistema de Instituciones Universitarias Públicas según sus competencias. 88.9 Tener año sabático con fines de investigación o de preparación de publicaciones por cada siete (7) años de servicios.
    Entre los derechos de los estudiantes relativos a la investigación, en el artículo 100, se expone, 100.1 Recibir una formación académica de calidad que les otorgue conocimientos generales para el desempeño profesional y herramientas de investigación. 100.9 Ingresar libremente a las instalaciones universitarias y a las actividades académicas y de investigación programadas. 100.13 El alumno tiene el derecho de gratuidad para el asesoramiento, la elaboración y la sustentación de su tesis, para obtener el grado de Bachiller, por una sola vez.
    El ensayo sólo consigna lo que establece la ley en lo relativo a la investigación, la problemática en torno a las Tesis de investigación. No es objetivo del ensayo el análisis de cada uno de los otros aspectos de la ley, no son determinantes en la problemática. Es decir, el problema no es legal, una nueva ley no va superar el problema de la crisis de la investigación en la Universidad.

1.2. La ley hace Manifiesto una Realidad Problemática
    La nueva ley de la Universidad se ha promulgado para regir el funcionamiento y ser marco legal de una población de 153 Universidades.

CUADRO. Población de Universidades en el Perú

UNIVERSIDADES

NÚMERO
Públicas
75
Privadas
78
TOTAL
153
Fuente. (WIKIPEDIA. 2016).

     La ley pone de manifiesto uno de los problemas estructurales y sistémicos a nivel nacional, como es el de la investigación en la Universidades e Institutos superiores en el Perú. Es un problema nacional porque no es de una universidad sino de la totalidad. La ley no crea el problema sino lo descubre, el problema estaba velado y soslayado porque en la anterior ley la Investigación era solo declarativa, así, las Universidades han otorgado grados de bachiller en forma automática, han dado títulos profesionales con exámenes o cursos de titulación, sin necesidad de investigaciones, miles y miles de graduados y profesionales la universidad ha dado sin la realización de una sola investigación.
     El problema, de la investigación en la Universidades del Perú es estructural y sistémico, hay un vacío de órganos, de estructuras, de procesos, de sistemas, destinadas a la investigación, así, no existen los contenidos sociales que lo impulsen. La ley señala como órgano de investigación al Vicerrectorado, pero es sólo declarativo, este llamado órgano carece de las estructuras y procesos propios de una realidad social dedicada a la investigación.
    Los llamados centros o Institutos de Investigaciones de las Facultades carecen de estructuras, procesos, funciones y contenidos inherentes a las actividades de investigación, son sólo oficinas burocráticas.
   Las investigaciones realizadas para optar los posgrados son pocas, se están generando promociones de egresados de las maestrías y doctorados de todas las universidades del Perú, que no pueden optar el grado de maestría y doctor por la falta de realización de las tesis de investigación.
    El problema de las investigaciones en las Universidades del Perú, no sólo es estructural, sino también es cultural, no se ha desarrollado una cultura favorable a la investigación, la valoración de su importancia, no es valor, sólo un requisito de ley. Así, no existe una cultura de investigadores, no se han generado comunidades científicas de investigadores que impulsen las investigaciones, los conceptos y el lenguaje inherentes a la investigación están ausentes.
     El problema de las investigaciones en las universidades en el Perú es, a su vez, su desfase de una sociedad signada por las revoluciones del conocimiento, donde su productividad es la base de todas las transformaciones de la sociedad moderna, la universidad ha quedado obsoleta. Ninguna universidad en el Perú se sostiene por la productividad de sus conocimientos. El problema es también longitudinal, de siglos, las Universidades son instituciones de fueros y privilegios, generando rentas por la sobrevaloración de papeles, rindiendo culto al papel.
   La problemática de la Universidad en el Perú, por ser estructural, cultural e histórica, requiere para su interpretación del enfoque de la teoría de los procesos del conocimiento, Así, el ensayo, de un modo todavía general, va ser explicar el problema con la teoría procesal del conocimiento.

II
LA TEORÍA PROCESAL DEL CONOCER Y LA CAUSA PROBLEMA DE LAS TESIS Y LA INVESTIGACIÓN EN LA UNIVERSIDAD

2.1. Los procesos del Conocimiento
    Una teoría moderna del conocimiento en general, es vital para comprender el problema de la investigación en las Universidades. Para el caso presento la Teoría procesal del Conocer. Esta teoría se comprenderá en forma analítica en los ensayos que estoy exponiendo, por el momento es suficiente señalar de modo general la teoría.
     La Teoría plantea que los conocimientos conforman un universo, que se impulsan en procesos de creación y destrucción constante, un universo donde sus procesos son inherentes sólo a su naturaleza.
    Los procesos que impulsa el conocimiento son, 1) El proceso de producción del conocimiento, que equivale a la investigación, 2) El Proceso de Fijación y conservación del Conocimiento, 3) El proceso de Reproducción o renovación del Conocimiento, 4) El proceso de transmisión o circulación del conocimiento, que equivales a su enseñanza, 5) El proceso de aplicación del Conocimiento, en función de las necesidades y objetivos prácticos, que en el ámbito de la ciencia corresponde a las tecnologías.
    Estos procesos conforman un sistema, los procesos tienden a interrelacionarse, de tal modo que un proceso sirve de base a los otros y viceversa, así, conforman el universo de los conocimientos. El proceso de producción del conocimiento es la base y origen de todos los demás, sin producción no hay conservación, ni reproducción, transmisión ni aplicación.
CUADRO. Procesos del Conocimiento.

NÚMERO

PROCESO DE LOS CONOCIMIENTOS

1
Proceso de Producción del Conocimiento PPC
2
Proceso de Conservación  del Conocimiento PCC
3
Proceso de Reproducción del Conocimiento PRC
4
Proceso de Transmisión del Conocimiento PTC
5
Proceso de Aplicación del Conocimiento. PAC
Fuente. Elaboración Propia. .

2.2. El Conocimiento y Los procesos del Conocimiento en la Universidad.
     La Universidad, las universidades, tienen la particularidad de tener a los conocimientos como su fundamento y su contenido, son los conocimientos el elemento clasificador de todos sus componentes. Los docentes, estudiantes, autoridades, se determinan y clasifican por el carácter del conocimiento que desarrollan, no hay otro modo de diferenciarlos e identificarlos a los componentes. Los conocimientos también son la base de las estructuras y el contenido de los procesos que desarrolla la Universidad. Lo permanente son los conocimientos, los estudiantes pasan y cada año son nuevos, también los docentes de un modo más lento, pero, los conocimientos permanecen.
    Los procesos del conocimiento se están dando en las Universidades en general, de producción, de fijación, de reproducción, de circulación, de aplicación, siendo el nivel de los procesos científicos como su principal ámbito. Sobre esta base procesal del conocimiento es necesario abordar la problemática de las Tesis o de la investigación en las Universidades del Perú.  
    
2.3. El dominio del Proceso de Transmisión del Conocimiento
     El problema de las Tesis y de las investigaciones en las Universidades en el Perú, se esclarece de forma sencilla, con la teoría procesal del conocimiento, sin necesidad de mayores complicaciones, o desarrollos críticos. En las Universidades del Perú, dominan los procesos de transmisión del Conocimiento, casi en su totalidad, es decir, predomina los procesos de la circulación social de los conocimientos. En cierto modo, los conocimientos científicos y tecnológicos producidos y fijados fuera de las Universidades del Perú, son transmitidos en sus procesos de enseñanza y aprendizaje. Así, tenemos Universidades caracterizadas por ser solo consumidores y no productores del conocimiento.
    Los procesos de transmisión de conocimientos dominan, predominan, abarcando la casi totalidad de sus estructuras y procesos, en las universidades del Perú. Por el contrario, los procesos de producción del conocimiento, en relación a la transmisión del conocimiento, casi no existen, por ello, las universidades en el Perú, carecen de estructuras y procesos continuos, propios de la producción de los conocimientos.
    Se debe observar que las estructuras y procesos de la transmisión y de la producción del conocimiento, son en esencia diferentes, sus etapas no coinciden, una cosa son las estructuras y sus funciones para producir conocimiento y otra muy diferente las estructuras y sus funciones para hacer circular lo ya producido. Las estructuras para producir el conocimiento tienen funciones y órganos, especialmente destinadas a esta producción, propias de la investigación, las estructuras para el proceso de transmitir el conocimiento son especiales para hacer circular los conocimientos ya existentes. Esto se hace plenamente comprensible con la teoría procesal del Conocimiento, por ello, las soluciones al problema son estructurales, funcionales, sistémicas, longitudinales y culturales, y, no deben ser abordados como problemas de carácter legal o personal.

   2.4. El vacío del Proceso de Producción del Conocimiento como Causa de la Problemática de las Tesis en las Universidades del Perú.
    El vacío o la ausencia de un elemento vital es causa para la destrucción o muerte de un ser vivo, así, por ejemplo, la carencia del oxígeno produce la muerte de los seres vivos. En forma similar y guardando las diferencias del ámbito de los objetos, la ausencia de los elementos de los procesos de producción del conocimiento en los estudiantes, que culminan sus estudios, es causa de su destrucción y muerte social, de su imposibilidad de obtener un título profesional o un grado. La exigencia de una Tesis de investigación, como un requisito obligatorio, sin haberlos preparado y dotado de los elementos estructurales y funcionales para desarrollar los procesos de producción del conocimiento, inherentes a la investigación científica y tecnológica, equivale a pretender que puedan vivir sin oxígeno, en el nivel social es a condenarlos a una muerte social.
   La teoría procesal del Conocimiento explica el problema, lo determina en la gran desproporción de los procesos, a tal grado, que se puede determinar como el vacío, o la ausencia del proceso de producción del conocimiento en las Universidades del Perú. Por este vacío, el salto exigido a los estudiantes para pasar de un proceso a otro, de la transmisión a la producción, es dramático, es lanzar a los estudiantes que culminan sus estudios, a un agujero negro devorador, que en unos años nos dará el drama de miles de estudiantes egresados sin poder titularse, por carecer de los elementos para producir conocimientos, para hacer sus Tesis.
    Después de 5 años, promedio, donde los estudiantes han recibido conocimientos hechos, en procesos de transmisión de los conocimientos, sin haber participado de los procesos de producción de los conocimientos, de pronto, lo tienen que producir, como un requisito obligatorio, realizar una Tesis. Así, la teoría procesal del conocimiento esclarece el problema, como algo estructural y sistémico. Estructural porque no existen estructuras para la investigación, e impulsar los procesos de producción del conocimiento. Sistémico, porque los procesos de producción al no realizarse en la universidad no pueden interrelacionarse con los procesos de transmisión, es decir, falla el sistema del conocimiento en la Universidad.  

2.5. La Solución del Problema de las Tesis en las Universidades del Perú
    La nueva ley de la Universidad en el Perú, No 30220, se dio como solución a una Universidad mediocre, dominada por la transmisión del conocimiento, al punto que sus graduados y titulados no necesitaban realizar investigación alguna. Sin embargo la ley no puede solucionar el problema de la investigación de las Universidades en el Perú, sólo pone el problema manifiesto de modo especial. Porque la ley exige la investigación a quienes tienen que graduarse y titularse, por encanto, no van a surgir estructuras, funciones, órganos, procesos, de producción de conocimiento. En este caso la ley regula el vacío, y no da los medios y recursos para llenarlo. Al desconocerse la diferencia entre los procesos del conocimiento, los artículos de la ley, destinados a la investigación, son vagos, manifiestan el desconocimiento de las diferencias entre los procesos del conocer.  
    J. C. Mariátegui, el Amauta, en una metáfora señaló que si las ciudades bíblicas eran condenadas al fuego por no existir cinco hombres justos, la Universidad de San Marcos, perece por la falta de un maestro. El maestro al que se refiere Mariátegui, es un líder, motivador, investigador, capaz de generar el entusiasmo por el conocimiento innovador y por los descubrimientos científicos que se están dando en la sociedad. Esta alternativa tampoco está vigente, al punto, que la universidad estaría condenado a sucumbir porque en Universidades masificadas de hoy, de poblaciones de miles de estudiantes, un maestro líder sería incapaz de salvar a la Universidad peruana.
    Los estudiantes ante el problema pretenden su solución con la lucha social de un movimiento reivindicativo, con marchas de protesta, exigiendo al poder político la solución al problema de la crisis de la investigación. Tampoco es una solución, no se puede exigir a quienes ignoran el problema su solución. Los autores que hicieron la ley Universitaria carecían de los fundamentos cognoscentes para elaborar una ley que pueda superar el problema de la crisis de la investigación en al universidades. La lucha social contra un poder que no comprende la naturaleza del problema, para su solución es un desgate social inútil. 
     La solución al problema de la investigación científica, de la producción del conocimiento en la Universidad en el Perú es de largo plazo, difícil de comprender en un país cortoplacista, de soluciones coyunturales. Solucionar un problema estructural, sistémico, funcional, además, longitudinal y cultural, no puede darse en un corto plazo, corresponde a soluciones estratégicas, de dar solución a un problema nacional, que afecta a todas las universidades del Perú, con grados más o menos.
    Una cultura científica de investigación no se puede crear con leyes y luchas sociales, requiere generarlo con hechos, con contenidos, y progresivamente. Las estructuras sociales para la investigación no se pueden crear en forma automática, sino, requiere crearlas con hechos, con contenidos, en los mismos procesos de la realización de investigaciones. En cierto modo, la solución es una tarea estratégica, compromete liderazgos modernos, innovadores, basados en el conocimiento.  
    Mientras el proceso de solución a largo plazo se produce, estimulando el concurso de líderes especialmente comprometidos con desarrollar el proceso de producción del conocimiento, se da la necesidad de brindar a los estudiantes que egresan, la oportunidad de encontrar la solución social a la problemática actual de las Tesis, no de manera informal e improvisada, sino, en una complementación con una institución cuyas estructuras sociales estén destinadas a la producción de conocimientos.
    La creación del IDCC, como institución destinada a desarrollar el conocimiento creativo, por tener las estructuras y las funciones para producir conocimientos, puede contribuir a la solución del problema de la realización de las Tesis de investigación de los estudiantes universitarios. Así, mientras la solución estratégica de largo plazo, surja al interior de las Universidades, el IDCC, puede en forma institucional, contribuir con el asesoramiento eficaz a los estudiantes, para concretar sus investigaciones y así graduarse y titularse comprendiendo y participando de los procesos de producción del conocimiento.

III
CONCLUSIONES

    3.1. La primera conclusión: no es suprimiendo el requisito de las investigaciones, de las Tesis, para optar los grados y títulos, como se debe solucionar el problema, eso equivale a volver al pasado de las Universidades mediocres. El desafío es hacer que las investigaciones sean parte esencial de la formación de los estudiantes de las Universidades, que no sea solo un requisito al final de su formación sino una actividad esencial desde el inicio de su formación.
    3.2. La segunda conclusión: La única forma de crear estructuras sociales para la investigación es desarrollando proyectos de investigación en forma permanente, es la realización de estos proyectos, por la necesidad del proceso, surgirán las estructuras adecuadas para la investigación. En estos procesos surgirá una cultura de valoración, de valores, principios, favorables a la investigación. Esta creación es de largo plazo pero su comienzo debe darse ahora.

    3.3. La tercera Conclusión: La necesidad de un cambio de paradigma respecto a la Universidad, de ser una institución de privilegios, sobrevalorar papeles, debe transitar a ser una institución que impulse la productividad del conocimiento, sus principales rentas deben provenir de la producción del conocimiento.  


REFERENCIAS:
SUNEDU. (2014). Ley Universitario LEY Nº 30220. Mayo 29, 2017, de El Peruano, Diario Oficial, Normas Legales Sitio web: https://www.sunedu.gob.pe/wp-content/uploads/2017/04/Ley-universitaria-30220.pdf

3. UNIVERSIA. (2015). Universidades en el Perú. Junio 30, 2016, de ORIENTACIÓN UNIVERSIA Sitio web: https://orientacion.universia.edu.pe/universidades.html
4. WIKIPEDIA. (2016). Anexo: Universidades en el Perú. Junio 30, 2016, de WIKIPEDIA - La Enciclopedia Libre Sitio web: https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Universidades_del_Peru
Mariátegui, J. (2003). TEMAS DE EDUCACIÓN. PERÚ: Empresa Editora Amauta.


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